La educación es una gran herramienta para el futuro y también, el mejor legado que podemos dejarle a nuestros hijos. Que ellos tengan una profesión, es uno de los objetivos que todo padre tiene en mente, pero también uno de los más complicados.
Educar a nuestros hijos es el deber más gratificante y satisfactorio del mundo, pero también genera la responsabilidad para la cual no siempre estamos totalmente preparados.
Un Seguro para la Educación permite a los padres y/o tutores llevar a cabo una adecuada planeación para la educación universitaria de los hijos, y a ellos los apoya para que puedan contar con la educación universitaria que necesitan.
Define el monto que necesitas ahorrar para la educación de tu hijo; considera el Costo aproximado de la universidad y Gastos adicionales que se deben cubrir.
Si durante el tiempo en que te encuentras haciendo tus aportaciones llegaras a faltar o a padecer invalidez, el seguro cubre los pagos restantes a través de las coberturas que te ofrecemos para complementar tu plan ante alguna eventualidad.
En caso de que llegues a faltar, tu familia contará con una suma asegurada al menos igual a la del ahorro que contrataste.
En el momento en que tu hijo llegue a la edad de 18 años, comenzará a recibir el ahorro que formaste durante toda la vigencia del plan.
Como un apoyo, en caso de ocurrir el fallecimiento del asegurado, le otorgaremos al beneficiario un anticipo de hasta el 15% de la suma asegurada del plan.
El Seguro en Educación cubre las primas restantes por fallecimiento del contratante o contratantes de la póliza.
Además, entregará a la persona que designes la suma asegurada que contrates.
Si, se entrega el ahorro sin retención de impuestos al vencimiento del plan*.
*Aplica cuando el asegurado y el contratante son diferentes personas, de acuerdo al Art. 93 Fracción XXI de la LISR.
En caso de fallecimiento del asegurado menor, se entregará el cúmulo de primas pagadas. Coberturas opcionales con costo:
Exención de pago de primas por invalidez total y permanente o fallecimiento (PIM): en caso de que llegaras a faltar, el seguro de educación cubrirá las primas restantes además de entregar a la persona que designes la suma asegurada que contrates.
Cláusula de Protección absoluta (CPA): en caso de que llegues a faltar , el seguro de educación pagará la suma asegurada de esta cobertura a los beneficiarios designados.
Cláusula de Protección absoluta de Largo Plazo (CPA OV): quedarás protegido de por vida ( contratante), por la suma asegurada que hayas contratado para este beneficio.