Seguro de gastos médicos mayores
Es un seguro establecido para cubrir los gastos que genere la atención médica requerida para recuperar tu salud como consecuencia de algún incidente, o enfermedad, que te ofrece la tranquilidad y seguridad que tú y tu familia necesitan para solventar cualquier imprevisto, y ser atendido, evitando un desequilibrio en la economía familiar.
Te cubrimos los honorarios de médicos, anestesiólogos, ayudantes y enfermeras:
- º Consultas.
- º Tratamientos médicos.
- º Procedimientos quirúrgicos.
Servicios dentro del Hospital
- º Cuarto de hospital.
- º Sala de operación, de recuperación y de urgencias.
- º Unidad de terapia intensiva.
- º Medicamentos y materiales de curación.
- º Sueros, trasfusiones, plasma.
- º Exámenes de laboratorio, gabinete e imagenología.
Tratamientos Especializados y Rehabilitación
- º Honorarios por tratamientos como radioterapia, quimioterapia, hidroterapia e inhaloterapia.
Otros servicios:
- º Tratamientos homeopáticos y quiroprácticos.
- º Medicamentos.
- º Servicios de laboratorio, gabinete e imagenología.
- º Prótesis, equipo ortopédico y similares.
- º Equipo para tu recuperación fuera del hospital.
Servicio de Ambulancias
- º Cuentas con servicio de ambulancia terrestre o aérea sin costo alguno dentro del territorio nacional.
Beneficio de Maternidad
- º Para mujeres entre los 15 y 44 años de edad.
- º Cuentas con una suma asegurada fija para parto o cesárea.
- º Sin Copago ni Participación.
- º Estarás protegida ante las complicaciones del embarazo que pudieran presentarse.
- º Es importante que consideres que para gozar de estos beneficios deberás de haber contratado tu póliza al menos 10 meses antes de la fecha del nacimiento.
Cobertura del Recién Nacido
- º Cubrimos los gastos derivados de nacimientos prematuros, padecimientos congénitos, y las enfermedades y accidentes que llegara a sufrir tu bebé antes o durante su nacimiento.
- º Es importante que consideres que para que tu bebé quede protegido desde el primer día deberás de haber contratado tu póliza al menos 10 meses antes de la fecha del nacimiento.
- º Recuerda dar de alta a tu bebé en tu póliza a más tardar 30 días después de su nacimiento.
Protección Patrimonial
- º Si el titular de la póliza llegara a faltar o sufriera un accidente enfermedad que le cause invalidez total y permanente, nosotros nos hacemos cargo de las primas de sus dependientes incluidos en la póliza durante los siguientes 5 años.
Segunda opinión médica sin costo
También es importante que conozcas que hay padecimientos que deben cumplir con un periodo de espera para que sean cubiertos.
3 AÑOS
Para padecimientos preexistentes que hayas declarado en la solicitud de tu seguro, que no hayan presentado síntomas o generado gastos durante ese periodo y que no pertenezca a los siguientes grupos:
- º Padecimientos cardiacos.
- º Accidentes vasculares
- º Insuficiencia renal.
- º Padecimientos oncológicos.
- º Enfermedades degenerativas.
- º Padecimientos neurológicos.
2 AÑOS
Para los siguientes padecimientos / tratamientos:
- º Venas varicosas.
- º Padecimientos en amígdalas y adenoides.
- º Tratamiento de cualquier estructura anatómica de la rodilla (salvo las fracturas en esta región).
- º Tratamientos de nariz y senos paranasales por enfermedad.
- º Hernias, incluidas las hernias de disco.
- º Padecimientos congénitos de asegurados nacidos fuera de la vigencia de la póliza.
- º Tratamiento para corregir lesiones de columna como cifosis, lordosis escoliosis y sus complicaciones.
- º Tratamiento para corregir “juanetes”.
- º Litiasis en vías biliares.
- º Litiasis y disquinecia en vesícula biliar.
- º Litiasis en vías urinarias.
- º Enfermedades ácido-pépticas incluida enfermedad por reflujo gastroesofágico.
- º Padecimientos en glándulas mamarias.
- º Trastornos del aparato reproductor femenino.
1 MES
Para cualquier enfermedad, excepto los siguientes:
- º Cualquier accidente.
- º Apendicitis aguda.
- º Intoxicación alimentaria.
- º Diarrea y Gastroenteritis de origen infeccioso.
- º Golpe de calor (insolación).
También debes considerar que lo siguiente no estará cubierto:
- º Accidentes o enfermedades originadas mientras se esté prestando servicio en cualquier cuerpo militar o de seguridad.
- º Lesiones que se produzcan al cometer un delito intencionalmente.
- º Lesiones que el mismo asegurado cause a su persona de forma intencional o por intento de suicidio.
- º Accidentes por participar en carreras de resistencia o velocidad en vehículos de cualquier tipo.
- º Enfermedades derivadas del alcoholismo o toxicomanías, así como tratamientos para combatir adicciones.
- º Tratamientos para reducir o aumentar de peso, evitar o corregir la calvicie, mejorar defectos de carácter estético, para cambiar de sexo, para evitar o corregir la impotencia sexual, para evitar o procurar la procreación, salvo que sean a consecuencia de un accidente enfermedad amparados.
- º Tratamientos psiquiátricos y psicológicos.
- º Tratamientos experimentales.
- º Zapatos ortopédicos y similares, así como reposición de prótesis por descuido o mal uso.
- º Lentes de contacto y aparatos auditivos externos.
- º Trastornos de la refracción ocular.
- º Cámara hiperbárica.
- º Check-up.
Existen diversos planes, dependiendo de tus necesidades, te ayudamos a encontrar el plan perfecto para ti.